El Consejo Local LGBTIQ+ de la Localidad de Chapinero es un organismo de participación ciudadana, orientador de la política pública para las personas de los sectores LGBTIQ+, siendo la máxima instancia de participación ciudadana en temas de formulación, implementación, seguimiento y evaluación del desarrollo de esta política pública al interior de la Localidad de Chapinero.
Parágrafo 1: Para garantizar el derecho a la igualdad, la participación democrática y la representación real de los diferentes sectores sociales LGTBIQ+ los (as) 6 representantes de los sectores sociales LGTBIQ+ que tengan asiento en la localidad, con respaldo del proceso organizativo formal y/o no formal, pertenecerán a cada sector así:
La economía rosa hace referencia a todas las actividades económicas que incluye gays/lesbianas y /o personas con otra orientación sexual no convencional.
Para el caso de las personas intersexuales de no existir representatividad directa es decir miembros parte de este grupo poblacional que se inscriban, podrán ser representados por una persona que acredite conocimiento académico y/o trabajo comunitario con dicha población.
Parágrafo 1. Las organizaciones, grupos, redes, o mesas que concedan los avales a candidatos y candidatas deberán tener mínimo un (1) año de trabajo ininterrumpido mediante la demostración de los aportes y las labores que han desarrollado en la localidad.
Las y los interesados en ser candidatos o candidatas en el proceso de elección de representantes para conformar el Consejo Local LGBTIQ+, deberán inscribirse ante la Alcaldía Local de Chapinero en la oficina de la Referencia de mujer y género o mediante el formulario virtual dispuesto para tal fin, en las fechas establecidas en el cronograma descrito en el artículo 4 del presente Decreto.
El formato de inscripción de candidatos/as podrá descargarse de la página web de la Alcaldía Local de Chapinero y deberá ser entregado completamente diligenciado en la Alcaldía Local de Chapinero con la documentación requerida para la acreditación; de igual manera, la inscripción y documentación podrá ser remitida por medio del formulario virtual establecido.
Para el proceso de inscripción presencial, las y los interesados podrán acercarse a la sede de la Alcaldía Local de Chapinero en las fechas establecidas y en horarios de oficina, en donde podrán solicitar a través de la oficina de mujer y género, los formularios para su diligenciamiento y registro.
Los consejeros/as locales serán elegidos por un periodo de 4 años a partir de su elección.
La elección de las, los y les Consejeros Locales LGBTIQ+ se realizará en la tercera semana del mes de febrero.
La elección se realizará en la Alcaldía Local, los votantes firmarán una planilla de votación.
Los jurados serán funcionarios y/o servidores públicos. Cada candidato podrá traer y /o ser testigo electoral, para lo cual deberán ser registrados en una mesa dispuesta para tal fin 30 minutos antes de las votaciones. En todo caso abiertas las votaciones no se registrarán nuevos testigos.
Inmediatamente cerradas las votaciones se dará inicio al conteo de los votos de forma pública y se darán a conocer los resultados, tomando acta de los mismos.
Para elegir el Consejo Local, las y los votantes deberán acreditar vínculo con la localidad ya sea por residencia, estudio, trabajo, comercio o actividad social y ser mayores de 16 años de edad.
Deben traer para el día de la elección certificación del vínculo con la localidad y documento de identidad.
Cada votante tendrá derecho a elegir un solo representante al Consejo Local.
El Consejo Local LGBTIQ+ se reunirá ordinariamente 4 veces por año, previa convocatoria de la Secretaría Técnica y de manera extraordinariamente cuando así sea convocado por el 30% de los integrantes o por el Alcalde Local u otra Autoridad del orden Distrital.
Para sesionar, se puede hacer con un quórum de liberatorio o plural del 30% del total de los integrantes, pero, para tomar decisiones siempre se aplicará el quórum de mayoría simple.